Se extiende la vigencia de reglamente para cilindros y tanques estacionarios para servicios públicos domiciliarios.

por | Dic 26, 2023 | Riesgos laborales | 0 Comentarios

PRÓRROGA DE VIGENCIA DE REGLAMENTO PARA CILINDROS Y TANQUES ESTACIONARIOS UTILIZADOS EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DOMICILIARIO DE GLP

El 17 de noviembre de 2023, el Ministerio de Minas y Energía profirió la Resolución 40681, con la cual prorroga la vigencia del Reglamento técnico de emergencia para cilindros y tanques estacionarios utilizados en la prestación del servicio, contemplado en la Resolución 40490 de 2022 que regía a partir del 21 de noviembre de 2023, para postergarla 6 meses más, en aras de que el Ministerio lleve a cabo análisis de impacto normativo y emita la reglamentación técnica necesaria para dar cumplimiento al reglamento en mención.

 

VALIDEZ DE TARJETAS DE CONTROL EN VEHÍCULOS TIPO TAXI

Circular Externa número 20231010000687 del 20 de noviembre de 2023, emitida por el Ministerio de Transporte según la cual se imparten instrucciones para dar inicio o no a actuaciones administrativas vía imposición de informes únicos de violación de normas de transporte, en relación con el control y vigilancia en vía de la validez de la tarjeta de control en el servicio público de transporte terrestre automotor individual en vehículo taxi. Así:

La ausencia del porte de la tarjeta de control en la parte trasera de la silla del copiloto, configura la inexistencia del documento, es una conducta sancionable y, por ende, procede el inicio de actuación administrativa debiendo inmovilizarse el vehículo.

La falta de firma y/o sello de la empresa en la tarjeta de control (presente y situada en el sitio indicado) no permiten afirmar la inexistencia del documento, por lo cual no se debe inmovilizar el vehículo. Debe verificarse la información en el Sistema de Información y Registro de Conductores o en el registro municipal de conductores.

Las dudas sobre la veracidad de la firma y/o el sello de la empresa, deberán ser verificadas por las autoridades en el Sistema de Información y Registro de Conductores o en el registro municipal, resultando (3) posibilidades:

  1. Si se verificó en el Sistema o en el registro, que la tarjeta de control está vigente, no se seguirá actuación alguna.
  2. Si se verificó en el Sistema o en el registro, que la tarjeta de control no está vigente, el agente debe: expedir informe único de infracción al transporte-IUIT para que luego de una actuación administrativa se determine si hubo o no infracción a la obligación, entregando una copia al conductor; adjuntar prueba de consulta de la información del Registro al IUIT, permitiendo al conductor tomar también una copia; c. Inmovilizar el vehículo.
  3. Si no es posible acceder en el sitio a la consulta del o al registro municipal de conductores no se seguirá actuación alguna al no poder comprobarse alteración de la tarjeta de control. Ver normatividad.

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